El uso de drones profesionales está en expansión.
El sector de las aeronaves pilotadas por control remoto o no tripulado, es decir, los Drones, ha vivido una evolución y gran crecimiento en los últimos años y meses. La necesidad de regular los drones profesionales ha sido y es inminente. La seguridad es uno de los factores clave y necesidades a cubrir.
Existe una regulación o normativa temporal que regula cualquier operación llevada a cabo con drones e indica qué procedimientos se han de seguir para poder llevar a cabo actividades aéreas con drones, en función del escenario de operación y el peso del aeronave.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea se encarga de la regulación de lo que pueden o no hacer los drones de hasta 150 kg. Cuando los drones son superiores a este límite de peso, el organismo encargado pasa a ser EASA (European Aviation Safety Agency)
Entonces, ¿qué podemos hacer con un dron con la actual regulación en España?
Según AESA, estas son los trabajos aéreos en los que se pueden utilizar drones:
- actividades de investigación y desarrollo;
- tratamientos aéreos, fitosanitarios y otros que supongan esparcir sustancias en el suelo o la atmósfera, incluyendo actividades de lanzamiento de productos para extinción de incendios;
- levantamientos aéreos;
- observación y vigilancia aérea incluyendo filmación y actividades de vigilancia de incendios forestales; publicidad aérea, emisiones de radio y TV,
- operaciones de emergencia, búsqueda y salvamento;
- y otro tipo de trabajos especiales no incluidos en la lista anterior.
Aunque en un primer momento, y hasta que no esté aprobada la reglamentación definitiva, las operaciones que se pueden realizar se limitan a zonas no pobladas y al espacio aéreo no controlado.
Se permite el uso de drones sobre zonas no habitadas. Su uso sobre ciudades o aglomeraciones de personas al aire libre (playas, conciertos, campos de fútbol…) no está permitido por ahora. Para el caso de uso de drones profesionales para grabar películas por ejemplo, se podrán realizar siempre que no sea en zonas urbanas.
Para manifestaciones, conciertos, eventos etc la regulación no está a favor de grabarlos con drones profesionales a excepción que se desarrollen en lugares cerrados, incluyendo el techo.Los recintos cerrados no están bajo la jurisdicción de AESA con lo que queda en manos de los titulares de tales recintos permitir el uso o no de drones profesionales
Para grabar exteriores con drones profesionales la nueva normativa permite para una aeronave de hasta 25 Kg, grabar en exteriores, pero ha de hacerse de día y en condiciones meteorológicas visuales.
La nueva normativa en zonas fuera de aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no controlado, dentro del alcance visual del piloto, a una distancia de éste no mayor de 500 m. y a una altura sobre el terreno no mayor de 400 pies (es decir, como máximo 120 m. sobre el terreno).
Como podemos observar, la seguridad está siendo por ahora el elemento más importante a la hora de regular la actividad. Ahora bien, esperemos que no se frene el avance y crecimiento exponencial del uso de los drones. El sector brinda infinitas posibilidades de crecimiento, pero habrá que esperar a los próximos meses para saber hasta dónde. El engranaje entre la seguridad y el desarrollo vuelve a ser objeto de debate.
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