Nueva normativa de drones para profesionales: cambios y consideraciones

26 Dic, 2017
Aplaudimos la nueva normativa de drones para profesionales, la cual estábamos esperando de forma cada vez más urgente, y explicamos algunos de los cambios que…
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Ha tenido que pasar más tiempo del deseado, dos largos años de espera, pero ya tenemos la nueva normativa de drones para profesionales en circulación, la cual estábamos esperando de forma cada vez más urgente. Y ello porque era completamente necesario revisar la legislación vigente con tal de adaptarla a la realidad del sector, como ya se ha hecho en otros países de nuestro entorno, y no quedarnos descolgados, o vernos obligados a rechazar trabajos que se pueden realizar sin riesgo alguno con los requisitos necesarios.

Ya podremos realizar vuelos sobre poblaciones, en espacios aéreos controlados y en horario nocturno con la previa autorización de AESA.

Estamos realmente contentos de que se haya aprobado la nueva normativa porque nos va a permitir realizar trabajos que hasta ahora teníamos que rechazar y abrirá a su vez nuevas oportunidades de negocio en seguridad, inspección y vigilancia, eficiencia energética o revisiones nocturnas.

Los cambios más destacados de la nueva normativa

En los últimos años en SKYDRON nos hemos visto obligados a rechazar hasta un cuarenta por ciento de los encargos que nos han ido llegando. Con la anterior normativa (Real Decreto 18/2014 de agosto de 2014) no había manera de poder volar por ejemplo en cualquier zona próxima al aeropuerto de Manises (en Valencia), o en el casco urbano de Madrid, o tan siquiera en la vertical de cualquier pueblo turístico.

Ahora esos trabajos serán posible cumpliendo los requisitos necesarios: pasemos a ver en detalle cuáles son los principales cambios que supone la nueva normativa.

Las imágenes obtenidas con drones no son solamente imágenes aéreas y cenitales sino que son símbolo de una nueva época cargadas de modernidad. Imágen del Drone Photography Contest 2016.Operaciones en ciudad

Uno de los cambios más relevantes es que la nueva normativa nos permitirá volar sobre cascos urbanos y aglomeraciones de personas, aunque con limitaciones. En ciudad o entorno urbano deberemos tener siempre nuestro dron en la línea visual, lo que se conoce como modo VLOS.

Por otra parte no podremos volar a menos de 50m de cualquier edificación y tendremos que mantener esa misma distancia con respecto a otras personas no vinculadas al trabajo que estemos haciendo. Además, nuestros drones deberán ir equipados con elementos adicionales de seguridad para en caso de caída, mitigar el impacto, como por ejemplo un paracaídas. Y por último, si nuestro dron excede los 10kg podemos ir olvidándonos de volar con él en ciudad.

Todo ello además con la consiguiente aprobación por AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) tras haberle presentado el necesario estudio de seguridad aeronáutico. Como podéis ver, toda una serie de requerimientos importantes, que implican sus costes e inversión, pero necesarios para garantizar la seguridad de las personas.

Operaciones en espacio aéreo controlado

Una de las preocupaciones fundamentales para los reguladores, es que los drones no interfieran de ninguna manera con otros vehículos aéreos, de ahí que la anterior normativa prohibiera de todas todas el vuelo en espacio aéreo controlado (CTR). Lo cual era un gran inconveniente, ya que los CTR abarcan por lo general áreas considerables.

La nueva regulación nos ofrece la posibilidad de volar nuestros drones (con peso menor de 25kg) en dicho espacio, por supuesto, con estudio de seguridad aeronáutico previo. Si el dron sobrepasa los 25kg entonces los requisitos y restricciones aumentan, pero aún así seguiría siendo posible volar cumpliendo con los mismos.

El estado de los dronesOperaciones nocturnas

Al fin, nuestros drones podrán volar por la noche, o en condiciones de ausencia de luz natural en exterior. Tendremos que dotarles de los dispositivos adecuados para garantizar su visibilidad: luces, pintura reflectante u otros. Y cómo no, tendremos que tener estudio previo y la consiguiente autorización de AESA.

Operaciones EVLOS (Extended Visual Line of Sight)

Una de las restricciones habituales de la anterior normativa era el respetar el VLOS o vuelo visual, manteniendo a nuestro dron siempre en contacto visual, y sin sobrepasar los 120m de altura o los 500m de radio con respecto a nosotros. A partir de la aplicación de la nueva normativa podremos ampliar estos límites aplicando el vuelo visual extendido (EVLOS por sus siglas en inglés), incorporando observadores intermedios en la ruta del dron. La idea es crear una cadena para mantener al dron siempre en línea visual, los cuales estarán en comunicación constante con el piloto y deberán tener los conocimientos teóricos adecuados para esta función.

Como podréis imaginar esto abre importantes áreas de trabajo en los sectores de inspección, revisión y vigilancia, aunque por supuesto, con un aumento de los recursos humanos necesarios para desarrollar los nuevos trabajos.

Operaciones BVLOS (Beyond Visual Line of Sight) de más de 2Kg

Y por otra parte si queremos volar más allá del alcance visual con nuestro dron, también podremos hacerlo. Con los drones de menos de 2kg esto sí era posible, disponiendo de los sistemas adecuados. Pero con la nueva normativa, nuestros drones profesionales equipados con cámaras de alta calidad, termográficas o espectográficas, y por tanto, superando estos dos kilos de peso, podrán ir más allá de nuestra línea de vista, siempre y cuando cuenten con una cámara orientada al frente y un dispositivo aprobado por AESA para detectar y evitar a otros usuarios del espacio aéreo. Quedamos a la espera de que con el desarrollo reglamentario definan con claridad los dispositivos adecuados.

Todo ello además debe contar con el estudio de seguridad aeronáutico pertinente y la consiguiente aprobación por AESA.

Consideraciones sobre la nueva normativa

A partir de la publicación en el BOE el pasado 29 de diciembre la nueva normativa está ya en pleno vigor, aunque pendiente del desarrollo reglamentario necesario. Como habréis podido leer la normativa hace mención a estudios de seguridad y formularios de aprobación que deben ser detallados para saber exactamente las condiciones a cumplir.

No obstante, los cambios antes mencionados, nos permiten grabar, cumpliendo con los susodichos requisitos, y eso conllevará unos costes adicionales. La propia solicitud de autorización, el envío y desarrollo de la documentación necesaria, o la revisión previa del lugar exacto de vuelo son algunos ejemplos, completamente comprensibles, ya que en todos los trabajos a realizar debe primar siempre la seguridad de las personas por encima de cualquier otro principio. Sin embargo para valorar el coste tendremos que esperar a disponer de los documentos precisos (cuando llegue el reglamento) para hacer los cálculos exactos.

La estricta regulación anterior nos ha impedido asumir muchos proyectos demandados por el mercado.

En resumen se trata de poder desarrollar de forma segura operaciones en entornos en los que hasta ahora era imposible hacerlo, y que sin embargo, el mercado nos ha estado pidiendo desde los mismos inicios de funcionamiento de nuestro sector. Las empresas de drones profesionales lo llevamos pidiendo desde hace años, es más, esta nueva normativa la esperábamos aprobada a finales de 2015. Pero luego no llegaba a desarrollarse, y con las elecciones de por medio y la compleja formación de gobierno, junto con otros factores externos como la búsqueda de una normativa común a nivel europeo, nos ha llevado a que sea ahora cuando al fin haya visto la luz.

Tiramos pues de refranero: nunca es tarde si la dicha es buena. Ya podremos grabar en bodas al aire libre, por la tarde-noche (aunque haya poca luz), o sencillamente realizar un plano cenital de la Iglesia del pueblo, o aquel ayuntamiento del S.XVIII en el centro mismo de la ciudad. Aplaudimos la necesidad de ultimar las medidas de seguridad de cada operación, de disponer de la autorización previa de AESA, o esmerar el mantenimiento de nuestros drones e incorporar elementos adicionales anti-caídas.

Y por nuestra parte seguiremos trabajando por una correcta identificación del profesional del sector, para que seáis vosotros los que exijáis a pilotos con titulación y experiencia demostrada, junto con operadores de cámara ya capacitados en grabaciones aéreas, ya que en el fondo, se trata de que todos juntos aportemos ese valor diferencial que nos hace iniciar cada día con ilusiones renovadas.

Podéis leer la información detallada del nuevo marco regulador para la realización de actividades con drones en la propia web de La Moncloa, y descargar la publicación en el BOE a continuación:

[themify_button style=»large light-blue» link=»https://www.skydron.es/wp-content/uploads/2018/01/boe-drones.pdf» target=»_blank»]Real decreto 1036/2017 BOE[/themify_button]

Entrevista al gerente de SKYDRON en Cadena SER

César Antón, nuestro gerente fue contactado por los servicios informativos de la Cadena Ser. Os dejamos a continuación el enlace del audio, con su intervención en el minuto 3. La entrevista fue más extensa y pudimos destacar todo lo positivo de la nueva normativa que ya os hemos contado, aunque finalmente lo que sale registrado es lo ya comentado sobre el previsible aumento de precios para los trabajos ahora regulados. Lo dicho, nunca es tarde si la normativa llega.

Ya tenemos la ley aprobada y publicada en el BOE, ahora solo queda esperar al desarrollo reglamentario pertinente, y con eso estaremos listos para entrar en una nueva era para el sector de los drones en España.

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